El Juzgado de lo Social número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia sobre el despido llevado a cabo por el Ayuntamiento de Hermigua sobre cuatro trabajadores a principios de este año,declarando los despidos como “improcedentes”.
El Juzgado señalado,condena además al Consistorio municipal presidido por Solveida Clemente a “que dentro del término legal de cinco días,a que opte entre indemnizar a los demandantes o readmitir en las mismas condiciones laborales que tenían antes de los despidos,entendiéndose que,de no optar por ello,procede la segunda alternativa; y a que les abonen los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de la notificación de la sentencia o hasta el día en que el demandante hubiese encontrado otro empleo si tal colocación fuera anterior a esta sentencia “.
En este sentido,y de acuerdo al documento que está en poder de la redacción de GOMERANOTICIAS.COM,las cantidades que deberán recibir los trabajadores si no se les readmite en las mismas condiciones laborales serán de 22.297,5 euros; 16.068,24 euros; 14.546,03 euros –todo ello de indemnización y aparte el salario por día a tenor de unos 50 euros por cada jornada—y 24.616,35 euros más el abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia,respectivamente. Cantidades que pueden alcanzar casi los 90 mil euros en total..
Cabe recordar que el 24 de noviembre de 2006,el Ayuntamiento de Hermigua convocó un procedimiento de selección para la provisión en forma interina de plazas de personal funcionario y laboral vacantes. Por Resolución de fecha 23 de marzo de 2007,se nombró para la cobertura interina de las plazas de Oficial a José Manuel Marichal; Juan Francisco Santos; para la de fontanero ,Francisco Javier Hernández y para la de conductor a Victor Plasencia,que debían tomar posesión de sus puestos de trabajo quince días más tarde.
Previamente la Federación de Ser vicios y Administraciones Públicas del Sindicato CC.OO,impugnó la convocatoria señalada formulando un recurso contencioso-administrativo que dio lugar a un procedimiento que originó la declaración de nulidad del acto administrativo por el que se convocó la provisión de plazas,dejándolas sin efecto. Argumento ratificado por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el 23 de noviembre de 2010.
A estas circunstancias se allanó el Ayuntamiento de Hermigua a la demanda formulada por la Federación de Servicios Públicos de CC.OO.
Los trabajados despedidos en su momento por el Ayuntamiento,tenían una antigüedad de nueve,seis y once años aproximadamente,teniendo en cuenta que antes de las oposiciones,realizaban funciones como contratados en el Consistorio que ahora se les tendrá que indemnizar también.