Las principales claves de la reforma de la Administración local aprobada hoy por el Consejo de Ministros,que refuerza a los cabildos para la gestión de servicios obligatorios mínimos en municipios con menos de 20.000 habitantes,son:
.- Se modificará la Ley Orgánica del Régimen Electoral para reducir en un tercio el número de concejales existentes,que pasarán de los 68.578 actuales a 47.240,es decir 21.338 menos,un 31,1 % de reducción.
.- En los municipios más grandes habrá un límite máximo de 35 concejales.
.- La nueva Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local,que así se llama el anteproyecto aprobado hoy,clarificará las competencias municipales y eliminará las «competencias impropias»,para ahorrar al menos 3.500 millones de euros. La filosofía será «una administración,una competencia».
.- Se establecerán «con precisión» las competencias municipales,diferenciándolas «con claridad» de las estatales y autonómicas.
.- Las de educación y sanidad que hasta ahora prestan los ayuntamientos pasarán a las comunidades autónomas.
.- No desaparecerá ningún municipio,si bien se fomentará la agrupación de servicios para «lograr importantes ahorros de costes mediante economías de escala».
.- Se suprimirán las 3.725 entidades locales menores (pedanías,parroquias,concejos,….) existentes,que serán absorbidas por los ayuntamientos de los que dependan.
.- Se eliminarán las mancomunidades,dado que su «sostenibilidad financiera no está asegurada». Sus competencias las ejercerán unas diputaciones provinciales reforzadas. Dicha desaparición conllevará un ahorro de más de 700 millones de euros.
.- Además de las diputaciones,saldrán reforzados los consejos insulares,cabildos y comarcas,para la gestión de servicios obligatorios mínimos en municipios con menos de 20.000 habitantes.
.- La absorción de servicios públicos obligatorios por las diputaciones en municipios inferiores a 5.000 habitantes ahorrará 2.248,2 millones de euros,que llegarían a los 3.500 cuando se absorban competencias de municipios de hasta 20.000 habitantes.
.- Fortalecimiento de la figura del interventor municipal,que pasará a depender funcionalmente de la Administración General del Estado,para que tengan una mayor independencia y objetividad. Su misión será garantizar la legalidad y el control financiero y presupuestario de los ayuntamientos.
.- Ningún alcalde ni presidente de Diputación cobrará más que un ministro (68.981,88 euros).
.- Las retribuciones de la corporación municipal no podrán suponer más del 0,6 % del total de gastos del presupuesto municipal.
.- A partir de la próxima Ley de Presupuestos,anualmente se fijarán en ellos los baremos de la retribución de alcaldes y concejales en función de las características del municipio. Existirá la obligación de hacer públicas dichas retribuciones.
.- La nueva Ley obligará a las entidades locales a someterse a la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,para evitar que gasten más de lo que ingresan.
.- Se distinguirá entre servicios obligatorios y facultativos. Los municipios tendrán la garantía de una cobertura financiera suficiente para sus servicios obligatorios y,por encima de un nivel estándar de prestación de servicios,su financiación no podrá ser reclamada a otra administración. Sólo cuando estén garantizados financieramente los servicios obligatorios se podrán prestar servicios facultativos.
.- Se redimensionará el Sector Público Local,formado por un gran número de entes,organismos,sociedades,fundaciones y consorcios públicos,para racionalizar su número,profesionalizar su gestión y ahorrar costes.
.- Se establece un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2014 para que se corrija el déficit de esas entidades y se determina,en caso contrario,a fecha 1 de agosto de 2015 su disolución.
.- La nueva Ley limitará el número de asesores de las entidades locales,y el personal eventual no podrá superar el número de concejales