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El Cabildo de La Gomera inicia la campaña de vigilancia y extinción de incendios forestales el lunes

El Cabildo Insular de La Gomera inicia el próximo lunes,día 17,la campaña de vigilancia y extinción de incendios hasta el 31 de octubre cuyo presupuesto,destinado de fondos propios,es más de un millón de euros incrementándose la partida económica considerablemente respecto al año anterior. Este importe cubrirá las cuadrillas de trabajo de Medio Ambiente del Cabildo,dos ingenieros de montes,nueve brigadas de retén de incendios compuesta por siete integrantes cada una,tres emisoristas,un conductor de vehículos disuasorios,tres disuasorios,cinco conductores de vehículos especiales en la lucha contra incendios,así como un técnico coordinación de CECOPIN.
El operativo de esta campaña contará con un total de 151 efectivos: 95 de Medio Ambiente del Cabildo y 56 del Parque Nacional de Garajonay.
El Cabildo de La Gomera tiene transferidas las competencias de prevención y lucha contra incendios forestales por la que se ha determinado,mediante un decreto,que la época de peligro alto en la Isla Colombina es la comprendida entre los días 17 de junio y 31 de octubre,época de peligro medio las comprendidas entre el 1 y el 16 de junio y época de peligro bajo entre los días 1 de noviembre del presente año y el 31 de mayo de 2014,pudiéndose ampliar o reducir si las circunstancias metereológicas así lo aconsejan.
De esta forma,desde la Corporación Insular se han fijado instrucciones o medidas dirigidas a la población en general para la prevención y extinción de incendios forestales entre las que destaca que las viviendas,edificaciones e instalaciones de carácter industrial en zona forestal deberán estar dotadas de una franja de seguridad de 15 metros de anchura mínima,libre de residuos,de matorral espontáneo y de vegetación seca,debiendo colocar matachispas en las chimeneas.
Igualmente,por razones climatológicas y de altos índices de riesgo de incendios,podrá quedar restringido el acceso y tránsito por el monte y demás terrenos forestales cuando así sea comunicado públicamente por el Cabildo Insular en coordinación con las administraciones municipales afectadas; queda prohibido el estacionamiento de vehículos en las proximidades de cualquier depósito o tomas de agua de las existentes en el monte que impidan el acceso o maniobra de los vehículos; las carboneras solamente podrán instalarse fuera del monte o en los claros del mismo,siempre en el centro de círculos de 15 metros de diámetro mínimo,sin vegetación y con el suelo mineral al descubierto.
Por último,para la prevención quedará prohibido acampar sin el permiso correspondiente que deberá de emitirse por las oficinas del Cabildo; no se podrá encender fuego salvo en las zonas señaladas al efecto; queda prohibido el vertido o abandono de objetos y residuos fuera de los lugares autorizados y,en época de peligro medio y alto,queda prohibido el lanzamiento de globos o artefactos de cualquier clase que contenga fuego.

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