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Aprobados los reglamentos de las residencias de mayores de Alajeró y Hermigua

Los reglamentos que regularán los servicios internos de las residencias de mayores de próxima apertura en los municipios de Alajeró y Hermigua han resultado definitivamente aprobados y publicados en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife después de que el Cabildo Insular de La Gomera los sometiera a información pública el pasado 26 de julio de 2013. Ambos textos tienen por objeto recoger con precisión el conjunto de normas que determinarán el funcionamiento de los centros residenciales con el objetivo de proporcionar un lugar seguro,accesible y adaptado a las personas usuarias y la convivencia armoniosa de las mismas mejorando su calidad de vida y prestando la atención y el apoyo necesarios. Los centros de mayores,cuya titularidad corresponde al Cabildo Insular de La Gomera,serán de régimen residencial y de estancia diurna y estarán destinados a proporcionar atención integral de manera permanente o temporal.
Según los reglamentos publicados,las personas usuarias de las nuevas residencias tendrán derecho a ser oídas en los órganos de participación de los centros (Asamblea General,Junta de Coordinación y Junta de Calidad) ya sea por sí mismos o por sus representantes legales,a recibir un trato digno por parte del personal laboral y del resto de usuarios y a disfrutar de una atención individualizada acorde a sus necesidades específicas,entre otros derechos. Los horarios de referencia,recogidos también por los textos reglamentarios,se iniciarán por la mañana con actividades físicas o de psicomotricidad y ejercicio al aire libre,así como actividades de estimulación cognitiva como la lectura,la escritura y la pintura. Por la tarde,los centros realizarán manualidades,juegos varios,talleres y salidas al exterior,además de atención fisioterapéutica.
En cuanto al régimen de visitas,los horarios han quedado establecidos de lunes a viernes de 15:00 horas a 20:00 horas y los sábados,domingos y festivos de 10:00 horas a 13:00 horas y de 15:00 horas a 20:00 horas,existiendo la posibilidad de consensuar otra franja horaria en casos justificados. Los usuarios dispondrán,además,de una línea telefónica que se ubicará en un lugar que permita la intimidad de las comunicaciones y,si fuera necesario,de ayudas de carácter personal para hacerlas efectivas.

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