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El juez exime a Clavijo de los cargos de tráfico de influencias por Urbaser

El Juzgado número 1 de La Laguna (Tenerife) ha levantado la imputación por tráfico de influencias que pesaba sobre el alcalde de la ciudad y candidato de CC en Canarias,Fernando Clavijo,por haber mediado,supuestamente,en la contratación de un empleado en la empresa Urbaser.
El juez César Romero Pamparacuatro ha emitido un auto fechado el 30 de enero,al que ha tenido acceso hoy Efe,en el que deja sin efectos los cargos por este asunto concreto contra Fernando Clavijo,quien todavía se enfrenta a otras cuatro imputaciones.
En concreto,se acusaba al alcalde de La Laguna de haber recomendado a la empresa que gestiona el servicio de recogida de basuras del Ayuntamiento,Urbaser,que contratara al sobrino de una vecina que le había pedido ese favor.
El instructor del denominado «caso Corredor» levanta esos cargos a instancias de la propia Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife,que no apreciaba que Clavijo pudiera haber incurrido un delito al telefonear a Urbaser para interesarse por ese trabajador.
El juez subraya que no se le han presentado pruebas en esta instrucción que demuestren que Urbaser fuera «utilizada por miembros de la Corporación municipal (de La Laguna) como instrumento o recurso de colocación de personas por ellas designadas en base a las recomendaciones o insinuaciones de sus miembros».
El propio Fernando Clavijo alegó durante su declaración que se había limitado a telefonear a Urbaser,dar el nombre de esa persona y preguntar cuándo lo iban a llamar de nuevo,porque sabía que ya había trabajado para la empresa y que esta utilizaba un sistema de rotaciones para sus contrataciones eventuales.
El magistrado acepta esa explicación,entre otros motivos,porque consta un informe de Urbaser previo a esa llamada del alcalde en el que se describe a esa persona como «un buen trabajador».
«También se puede interpretar la conducta del señor Clavijo como una intermediación objetiva y aséptica,llevada a cabo en su primordial función de procurar el bienestar de los vecinos laguneros,por lo que ya no se trataría de una conducta de influir,recomendar o incluso mediar o intermediar en la contratación de una persona,sino pura y simplemente realizar una gestión para averiguar cuándo se iba a llevar a efecto su contratación»,argumenta.
Además,en otro auto con fecha de 3 de febrero,el instructor desestima la petición de la Fiscalía de añadir dos imputaciones más al alcalde de La Laguna por tráfico de influencias,relacionadas con la suspensión del cierre de un bar y con la no tramitación de las actas de infracción abiertas a otro establecimiento.
El juez considera probado que el empresario al que el Ayuntamiento le iba a cerrar el bar «Utopía»,José Antonio Santana,presidente de la federación de hostelería y comercio Fecao,envío un sms al alcalde con este contenido: «Fernando,mañana me precintan el Utopía a las 10 de la mañana,supongo que ya lo sabías. Te estaré eternamente agradecido por todo lo que estás haciendo».
Según el instructor,solo hay pruebas de que,recibido ese mensaje,el alcalde de La Laguna comunicó su contenido a la edil de Urbanismo,Aymara Calero (CC),y le pidió que llamara al empresario,pero no se ha demostrado que hiciera nada más «tendente a recomendar,instigar,dirigir o exigir a la concejal una solución positiva para el problema» de ese hostelero.
De acuerdo con lo recabado hasta ahora en la instrucción,fue la concejal Calero la que propuso «motu propio» a ese empresario «una solución temporal» al posible precinto: la suspensión de esa sanción si presentaba un recurso en los términos que ella le aconsejaba.
El juez considera que no tiene pruebas de que el alcalde hiciera una «presión expresa,ni implícita»,sobre la concejal para impedir el precinto de ese bar. En cambio,sí observa indicios de «un trato de favor» por parte de la concejal Calero que le llevan a imputar por tráfico de influencias tanto a la edil como al empresario.
La Fiscalía también pedía imputar por tráfico de influencias a Clavijo y a la concejal Calero por la no tramitación de los expedientes de infracción abiertos contra el establecimiento «Palco» por infringir su horario de cierre nocturno. En este caso,el juez no observa indicio alguno que permita sustentar esa acusación.
Finalmente,el Juzgado decide sumar a las imputaciones que pesan sobre la concejal Calero otra de prevaricación en relación a las licencias concedidas a otro establecimiento,el bar «Estación». EFE

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