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El juez da por reconstruido el auto que autorizó las escuchas a Ferando Clavijo

El Juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna (Tenerife) ha dado por reconstruido el auto de 2010 que autorizó las escuchas telefónicas realizadas al alcalde de la ciudad y candidato de CC a presidente de Canarias,Fernando Clavijo,en el «caso Corredor»,que había desaparecido de la causa.
El magistrado César Romero Pamparacuatro considera que se han presentado suficientes pruebas de que ese auto existía y de que desapareció de la causa por razones «totalmente desconocidas e inexplicables» antes de que esta fuera foliada (como se denomina en el argot judicial al acto de numerar todas las páginas del expediente,para garantizar que no sufre mutilaciones).
El instructor cree acreditado que su antecesora en el juzgado dictó ese auto de autorización de escuchas el 21 de abril de 2010,que esa resolución figuraba en el sistema informático de los tribunales (Atlante) y que su contenido es el que recoge la copia que ahora ha aportado la Fiscalía (la única parte que lo tenía,porque entonces el procedimiento se instruía bajo secreto).
La desaparición de ese auto había generado dudas sobre la legalidad de las pruebas obtenidas a partir de la información recabada en las escuchas que se hicieron al empresario Evaristo González Reyes y al alcalde de La Laguna,en caso de que estas hubieran quedado contaminadas por alguna irregularidad procesal o por una vulneración de los derechos de los imputados.
De hecho,todas las defensas se habían opuesto a que ese auto se reconstruyera,porque sostenían que en realidad «nunca existió»,con la única excepción del abogado de Fernando Clavijo,que no compartía esa afirmación,como precisa ahora el propio juez del caso.
En una resolución a la que ha tenido acceso Efe,el magistrado replica que no solo existe «huella» de ese auto de autorización de escuchas en el sistema informático de los juzgados,sino que además consta que fue notificado al Ministerio Fiscal y que este conserva esa copia,cuyo contenido ha de tenerse por idéntico al original.
«No se puede catalogar sino de alegre la afirmación de que la citada resolución judicial no existió,porque supondría tanto como dudar,con los efectos jurídicos que cada cual quiera interpretar,del recto ejercicio por parte de la secretaria judicial de su función de dar y garantizar la fe pública judicial y que incluye la competencia de custodiar los autos materiales,si bien con unas precarias medidas de seguridad»,razona Romero Pamparacuatro.
El juez añade que,»para rizar el rizo,la afirmación de que dicho auto nunca se dictó supondría tener la complicidad del Ministerio Público en la conducta antijurídica de la señora secretaria judicial mediante la confección de una copia de la resolución» que afirma que le fue notificada el 17 de mayo de 2010.
El magistrado critica las «nulas medidas de seguridad» que tenía su juzgado mientras estuvo en su anterior sede provisional,como corroboró una inspección del Consejo General del Poder Judicial en 2009,algo que impedía «garantizar la custodia de los autos en los estándares de exigencia requeridos».
De ahí infiere que quizás el auto se extravió por «un descuido involuntario»,pero sin que quepa descartar que fuera «sustraído»,para hacerlo desaparecer de la causa de manera «intencional».
El magistrado resta transcendencia al hecho de que la copia aportada por el fiscal carezca de las firmas de la juez y la secretaria,porque ese es el uso habitual en las notificaciones: son van firmadas físicamente las resoluciones originales,pero no las copias que se entregan a las partes.
Y subraya además que ninguna de las partes ha discutido «de manera determinante» que su contenido sea falso.
Las defensas -con la excepción de la de Clavijo,que no compartía esa postura- mantenían además que un auto solo puede reconstruirse si ha desaparecido en circunstancias excepcionales muy concretas,como una guerra,una inundación o una causa de fuerza mayor.
En apoyo de esa tesis presentaban un dictamen de un catedrático de Derecho,al que el juez expresa su respeto por su magisterio,pero también le recuerda que el Tribunal Supremo ya ha fallado en otro caso parecido que «el extravío de los autos no hace desaparecer la realidad del auto judicial (…),porque el Juzgado sigue teniendo constancia de la decisión adoptada y de las razones que la motivaron».
En este procedimiento,en el que están imputados varios cargos públicos municipales,empresarios y ciudadanos particulares,se acusa a Fernando Clavijo de posibles delitos de tráfico de influencias,malversación,falsedad documental y prevaricación relacionadas con su gestión como alcalde de La Laguna.
La resolución ahora dictada por el instructor para dar validez a la reconstrucción del auto de autorización de las escuchas telefónicas a Clavijo y González Reyes es susceptible de recurso ante la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife. EFE

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