El Ayuntamiento de la Villa de Hermigua ha tenido que hacer efectivo el pago de más de 23.000euros que salen de los tributos de los ciudadanos de esta localidad según se deriva de la reclamación patrimonial y de cantidad seguida en este Consistorio a raíz del expediente disciplinario iniciado contra una funcionaria interina por parte de la anterior Corporación presidida por Solveida Clemente en la que la misma actuó de instructora y testigo y que fue declarado nulo de pleno derecho por la jurisdicción contencioso-administrativa en dos ocasiones y según se informa en una nota de prensa remitida a este periódico digital.
Dicho expediente disciplinario «fue recurrido ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa resultando favorable en dos ocasiones (procedimiento y apelación) a la Funcionaria Interina afirmándose en las respectivas sentencias que fue una actuación administrativa irregular lo que deriva en abonar a la funcionaria 15.224,54€ en retribuciones, 5.500€ a la Seguridad Social y más de 3.000€ en intereses de demora».
El expediente tiene su origen en una sanción que consistió en la suspensión firme de funciones por plazo de 10 meses, suspensión firme de funciones por 2 años y otro por 3 años en tres cargos diferentes, haciéndose efectiva la sanción a partir del día 30 de octubre de 2010.
Esto supuso que la ahora Ex Alcaldesa de Hermigua adoptara una suspensión cautelar por plazo de seis meses en la que la funcionaria interina sólo cobro sus retribuciones básicas y dicha sanción, recurrida ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa fue declarada nula por sentencia judicial de fecha 8 de octubre de 2012 y ratificada por sentencia de fecha 27 de marzo de 2014, siempre según el comunicado de prensa.
Solveida Clemente mantuvo en sus años al frente del Ayuntamiento de Hermigua «una actitud cuando menos “peculiar” en sus relaciones con los trabajadores del Consistorio y que tuvieron su cénit (entre muchos otros) con la pública denuncia de la Federación de Servicios Públicos de UGT sobre el despido declarado como improcedente por el Juzgado de lo Social nº 2 de Tenerife, de una trabajadora del Ayuntamiento de Hermigua que venía prestando sus servicios desde el 01-02-05, condenando al Ayuntamiento de Hermigua a pagar a la trabajadora los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia».
De hecho, los servicios jurídicos de UGT manifiestaban que de forma sorpresiva el propio Ayuntamiento de Hermigua presentaba en el Juzgado escrito reconociendo la improcedencia del despido de la trabajadora y consigna la cantidad de 3.602 euros en concepto de indemnización por despido.