El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno canario, Aarón Afonso, solicita al Gobierno del Estado la derogación «inmediata» de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local debido a que invade competencias tanto de las comunidades autónomas como de los municipios.
Así se pronunció en relación a la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional sobre el recurso presentado por la Asamblea de Extremadura contra dicha norma, el primer fallo que ha salido de los numerosos recursos presentados, entre ellos, el de la propia Comunidad Autónoma de Canarias.
Esta primera sentencia deroga tres disposiciones transitorias de la norma que afectaban a las competencias que vienen desempeñando los ayuntamientos en materia de servicios sociales, salud e inspección sanitaria.
Dicho fallo implica en el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, por una parte, que esta no debe asumir las competencias que venían ejerciendo los municipios en materia de sanidad, servicios sociales e inspección y control sanitario de mataderos, de industrias alimentarias y bebidas.
Por otro lado, supone que los municipios no tienen prohibido y pueden seguir ejerciendo esas mismas competencias en los mismos términos en que las venían asumiendo, lo que es particularmente trascendente en el ámbito de los servicios sociales, en los que se han venido planteando serias dudas sobre la posibilidad de que los ayuntamientos pudieran seguir prestando los servicios sociales.
Afonso defiende que es una «muy buena» noticia para todos los ayuntamientos de España que el Tribunal Constitucional haya declarado la inconstitucionalidad y la nulidad de determinados preceptos de la mencionada Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que nació para tratar de adaptar las administraciones locales a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Esta norma, explica el consejero, implica una vulneración del principio de autonomía municipal consagrado en la Constitución Española, lo que propició que la norma tuviera un rechazo «generalizado» de todos los municipios con independencia de su ubicación y color político.
Canarias fue una de las comunidades que presentó un recurso contra la norma básica al entender que invadía competencias autonómicas. «Estamos a la espera de que en las próximas semanas sigan recayendo los fallos de los otros recursos que se admitieron a trámite presentados por más de 3.000 ayuntamientos y diversas comunidades autónomas para ver en qué términos afectan en su totalidad a la Ley de Racionalización», explicó Afonso.
Tranquiliza a los ayuntamientos
La decisión «viene a tranquilizar» a los ayuntamientos españoles, que en los últimos meses tenían la duda de qué pasaría con esos servicios, si bien en el caso de Canarias la prestación de los servicios sociales por parte de los municipios estaba blindada gracias a la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, que les atribuyó estas competencias, destacó.
El fallo también recae sobre la nueva redacción que se da al artículo 57 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local que, a su vez, establecía un mecanismo por el que el Estado permitía retener parte de la financiación que llega a las comunidades autónomas como consecuencia de no haberse efectuado la atribución de la competencia en el ámbito de las administraciones locales.