El exalcalde de Garachico Ramón Miranda tendrá que devolver al Hospital Residencia de Ancianos Nuestra Señora de la Concepción los 6.306,19 euros que en diciembre de 2009 sacó de esa institución para pagar las costas procesales y los intereses de una condena por intromisión ilegítima al derecho al honor.
El pago de esta cantidad de dinero forma parte del acuerdo al que Ramón Miranda ha llegado hoy con la acusación y el Ministerio Fiscal como autor de los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.
Según el acuerdo al que se ha llegado hoy el también exdirector general de Deportes del Gobierno de Canarias acepta tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público que implique la gestión o administración de caudales públicos, y un año de prisión, que no cumplirá si paga la citada cantidad y además no comete un nuevo delito durante dos años.
El 3 de octubre de 2007 Ramón Miranda fue condenado por intromisión ilegítima al derecho al honor de Luis Ignacio de Ayala Aznar a publicar la sentencia en el periódico en el que había incurrido en el delito por medio de un artículo.
Ramón Miranda recurrió la sentencia, que fue confirmada y además el entonces alcalde de Garachico fue condenado a pagar las costas procesales derivadas del recurso de apelación, que ascendían a 4.410 euros, cantidad a la que se sumaron gastos por importe de 1.896,19 euros.
Como alcalde de Garachico era presidente del organismo autónomo de la citada residencia, que el 10 de diciembre de 2009 acordó que los gastos fueran satisfechos con cargo a los fondos públicos de la institución pública, «siendo consciente de la naturaleza personal de la condena impuesta y que destinaba dinero público» para cumplir con una obligación derivada de una sentencia que nada tenía que ver con su condición de alcalde, se señala en la sentencia emitida hoy.
La Fiscalía calificó los hechos constitutivos de un delito de prevaricación administrativa y uno de malversación de caudales públicos y pidió para Ramón Miranda ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y costas por el primero de ellos.
Por el delito de malversación el Ministerio Fiscal reclamó cuatro años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación absoluta por siete años, y el pago de las costas.
El juicio estaba previsto para hoy y antes de celebrarse se produjo el acuerdo por el cual Ramón Miranda acepta devolver el dinero y las penas impuestas.
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