El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado este miércoles una sentencia a favor de la retroactividad de las devoluciones por cláusulas suelo abusivas, con lo que la banca deberá pagar miles de millones para devolver a los hipotecados todo lo que cobró de más. De esta manera, se ha opuesto a la decisión del Tribunal Supremo español de aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser «incompleta e insuficiente».
El Tribunal Supremo consideró como abusivas estas cláusulas, al entender que los consumidores no habían sido informados de la carga económica y jurídica que se les imponía, pero fijó en la fecha de la sentencia, el 9 de mayo de 2013, la retroactividad máxima para que su nulidad sólo tuviera efectos de cara a futuro.
En concreto, según Adicae, en casi el 90% de los desahucios la clásula suelo ha «tenido un papel determinante» y las entidades bancarias cobraron unos 6.000 millones de euros anuales que ahora deberán devolver. La asociación de consumidores estima que cada hipotecado pierde 3.000 euros al año por esta limitación de las bajadas. Por ello, si eres uno de los afectados hay una serie de cuestiones que debes tener en cuenta.
La CECA dice que la resolución del Tribunal de la UE no es de «aplicación directa»
La CECA ha advertido de que la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea «no es de aplicación directa» y ha indicado que su impacto en las entidades de crédito se irá conociendo a medida que los Juzgados y Tribunales españoles que tengan asuntos pendientes analicen cómo se aplica «en cada caso».
La patronal de las cajas ha explicado en un comunicado que está analizando el contenido de esta sentencia y ha recordado que la misma se aparta de las conclusiones emitidas por el abogado general y la doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia de 2013.
En cualquier caso, ha limitado la sentencia a un «aspecto puntual» de la contratación bancaria, por lo que ha afirmado que no afecta a la «solidez» del mercado hipotecario español ni a la solvencia de las entidades de crédito españolas.
¿Son legales las cláusulas suelo en las hipotecas?
El Tribunal Supremo declaraba en 2013 que las cláusulas suelo son lícitas, y por tanto cualquier banco puede aplicarlas, pero con matices. Cuando una cláusula tiene un carácter abusivo y las entidades no informan de su presencia en el contrato, el poder legislativo lo considera un acto ilegal. Es decir, los bancos y cajas de ahorros están obligados por ley a explicar las condiciones del contrato hipotecario así como a entregar un folleto informativo en el que se especifiquen las condiciones del préstamo.
Ahora, el tribunal europeo ha dictado una sentencia inapelable en la que los consumidores deberán recibir el dinero pagado de más desde el inicio de la firma de los contratos.
«La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión», sostiene el TJUE.
«Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas».
En su momento, el Banco de España elaboró una Guía de acceso al préstamo hipotecario en la que especificaba que las cláusulas suelo «están previstas en la normativa de transparencia y que se debe informar de su existencia «con una mención especial» en el contrato que la financiera suscriba al cliente.
También deben ser informados «de forma clara y destacada», sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indicaba que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.
¿Qué entidades bancarias aplican cláusula de suelo?
Un total de 31 entidades bancarias aplicaban esta cláusula suelo. Cinco menos después de que en mayo de 2013 el Tribunal Supremo declarase abusivas las cláusulas suelo de BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales debido a su falta de transparencia. Tras esta sentencia, el Supremo obligó a las tres entidades afectadas a eliminar de sus contratos las cláusulas examinadas «en la forma y modo en que se utilizan» y les prohibió usarlas en el futuro tal y como estaban contempladas en estos contratos.
Por su parte, Banesto y Barclays también acreditaron el cese de la aplicación de los ‘suelos’. Caixabank y Bankia también retiraron este tope mínimo en sus contratos pero sin incluir la debida devolución del dinero.
¿Cómo eliminar el suelo de mi hipoteca?
Según Bankinter, en el caso de tener un suelo en un contrato hipotecario se tiene que intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con la entidad financiera que lo ha aplicado y negociar su eliminación a través de un proceso de mediación.
En el caso de que no haya respuesta por parte de la entidad bancaria, el usuario tiene derecho a presentar una hoja de reclamación, presentar un formulario al Banco de España para informar de lo ocurrido o, en última instancia, recurrir a un abogado especializado, procurador u organización de consumidores.
Dos millones de hipotecas con cláusula suelo
De media cada afectado ha perdido al mes entre 200 y 300 euros a causa de la cláusula suelo, según Adicae. Esto se ha debido, a que el tipo de interés que se aplica como consecuencia de este mínimo es un 200% superior al que debería aplicarse.
Adicae recopiló un informe en el que menciona las «abusivas propuestas» que los bancos ofrecen en este momento a sus clientes. En primer lugar, esta asociación recalca que ninguna de las propuestas incluye la obligación de devolver las cantidades cobradas ilegalmente, además de exigir al usuario que renuncie a acciones legales ya tomadas.
La eliminación temporal de la cláusula suelo por periodos que oscilan entre los 2 y los 20 años, su eliminación total a cambio de aumentar el diferencial o la obligación de contratar productos como seguros de vida o de protección de pagos son algunas de ellas.
Por todo ello, la plataforma de usuarios de bancos, cajas y seguros de la Comunidad de Madrid aseguraba que ningún consumidor debe aceptar ninguna condición por eliminar o reducir el impacto de la cláusula suelo, además de exigir la devolución íntegra de las cantidades indebidamente cobradas, tal como lo exige en la macrodemanda de 15.000 afectados y lo ha respaldado la sentencia del Tribunal de la UE.