El Grupo Parlamentario Socialista ha registrado una proposición no de ley por la que insta al Gobierno de España a llevar a cabo políticas sanitarias dirigidas a eliminar cualquier tipo de copago farmacéutico para los pensionistas, pese a que al Gobierno de Canarias le parezca razonable. El portavoz del área, Marcos Hernández, explica que con la propuesta se solicita además garantizar un sistema sanitario público, universal, solidario, gratuito y de calidad como principales objetivos de las diferentes administraciones públicas que han de velar por su cumplimiento real y efectivo, removiendo todos aquellos obstáculos que impidan el acceso.
Asimismo, se pide la modificación del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, para suprimir lo previsto en su artículo 102 y se modifique el artículo 101, garantizando en la nueva redacción el carácter público, universal y gratuito de los medicamentos en las personas pensionistas.
Marcos Hernández recuerda que las declaraciones del nuevo consejero de Sanidad, José Manuel Baltar, en las que considera razonable el copago van en total sintonía con los planteamientos del presidente del Gobierno, Fernando Clavijo, “poniéndose a su vez en evidencia una forma de ver la sanidad absolutamente contraria a la que defiende el PSOE, que no ve la salud de la ciudadanía como un posible negocio sino como un derecho universal que debe ser garantizado desde las administraciones públicas”.
Un “claro ejemplo” de la gestión sanitaria por la que CC aboga, explica Hernández, lo encontramos en la propuesta que hizo Clavijo en julio de 2016 al entonces consejero de Sanidad, el socialista Jesús Morera, de suprimir el gasto para la hepatitis C o que una parte de ese tratamiento la pagaran los pacientes. “Resulta obvio que Coalición Canaria no tiene escrúpulos ni siquiera cuando se trata de la vida de las personas”, lamenta el parlamentario.
Marcos Hernández indica que la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud y que compete a los poderes públicos a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Este derecho se regula en la Ley General de Sanidad donde, entre otros fines, se persigue la financiación pública, la universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios, la prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad. Por otra parte, añade, la Carta Magna también indica que los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica de las personas mayores.
El Real Decreto Ley de Medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del sistema nacional de salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones modificó la prestación farmacéutica en relación a los pensionistas, introduciendo cambios que incluyen el copago para este colectivo. “Esto ha supuesto un castigo a uno de los sectores sociales más vulnerables y se ha gravado por primera vez en la democracia en España la prestación farmacéutica a los pensionistas, quienes no solo tienen que pagar un porcentaje de los medicamentos y productos sanitarios que se les prescriben o indican los profesionales del Sistema Nacional de Salud, sino que además tienen que solicitar el reembolso del sobrecoste del dinero que hayan pagado en las oficinas de farmacia tras superar el límite legal establecido en cada caso atendiendo al nivel de renta”, lamenta.
En este punto, subraya que en Canarias no se han exigido más copagos que los impuestos por el Gobierno de España. “Para ello, y gracias a la receta electrónica, se ha evitado que los pensionistas canarios tengan que adelantar el dinero del copago en farmacia impuesto por el Estado”, expone el diputado del PSOE, quien insiste en que los efectos de esa medida son de tal gravedad que solo su derogación permitiría volver a contar con un sistema sanitario público, universal, solidario, gratuito en el acceso, justo e igualitario, siendo necesario por tanto recuperar la redacción original que figuraba en el artículo 94 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.