El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado al expresidente de la Generalitat Artur Mas a dos años de inhabilitación por desobedecer al Tribunal Constitucional y celebrar la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014.
Según adelanta el periódico El País, el tribunal condena además a la exvicepresidenta Joana Ortega a un año y nueve meses de inhabilitación y a la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau a un año y seis meses también por los delitos de desobediencia y prevaricación, pero en su caso como colaboradoras necesarias; y los tres quedan absueltos de prevaricación administrativa.
Los hechos sentenciados se centran en cinco días: los que van desde la suspensión acordada de forma unánime por el Tribunal Constitucional (4 de noviembre de 2014) hasta la celebración de la jornada de participación (9 de noviembre) en la que votaron 2,3 millones de personas; la inmensa mayoría (80,7%) a favor de la creación de un Estado independiente para Cataluña.
Durante el juicio, Artur Mas negó que quisiera desobedecer. “No había ánimo de cometer ningún delito ni de desobedecer a nadie”, explicó el expresident, quien evitó el interrogatorio del fiscal y se limitó a contestar a su abogado. Mas recordó que el Constitucional no advirtió de las consecuencias que podía tener seguir con la consulta. “Si tan evidente era que era un delito, ¿cómo puede ser que el Constitucional no hiciera nada para hacer cumplir su resolución?”, se preguntó. La vicepresidenta del gobierno de Artur Mas, Joana Ortega, y la exconsejera de Enseñanza, Irene Rigau, avalaron al presidente y afirmaron que no recibieron ningún requerimiento del Alto Tribunal.
El TSJC ha redactado la sentencia apenas un mes después de la celebración del juicio. Tras el juicio a Mas, precisamente, el Supremo juzgó por los mismos hechos al diputado del PDECat —antigua Convergència— Francesc Homs, que aún no ha tomado una decisión.
Mas, Ortega y Rigau trataron de convencer a los jueces de que, después del veto del 4-N, el Gobierno catalán se desentendió del proceso de participación y que éste quedó en manos de voluntarios. Una tesis que, por cierto, no defendió Homs en su juicio, en el que insistió en que la consulta era «legal» y que la resolución del Constitucional era «inconcreta». Durante la vista quedó de manifiesto, en cualquier caso, que algunos trabajos encargados para el 9-N se ejecutaron con posterioridad al veto del día 4.