El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy la modificación del decreto sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 216-2025 para incluir la propuesta realizada por la Fecai para flexibilizar la ejecución y la justificación de los proyectos financiados con cargo a este fondo.
La modificación, que entrará en vigor una vez sea publicada en el Boletín Oficial de Canarias, implica que la ejecución de los proyectos de 2016 podrá realizarse hasta el 31 de julio de 2017, cuatro meses después de lo inicialmente fijado, mientras que la justificación de los mismos se prolonga hasta el 31 de octubre de este mismo año.
En cuanto a los proyectos que se llevan a cabo con la financiación del año 2017, la ejecución de los proyectos se prolonga hasta el 31 de julio de 2018 y su justificación hasta el 31 de octubre siguiente.
Por otro lado, la modificación del decreto aprobada hoy también establece la forma en la que se realizará el abono de las anualidades. Así, la correspondiente a 2017 se pagará en su totalidad tras la firma de la adenda.
La financiación se librará en el primer trimestre de cada año y podrá verse reducida por las cantidades no justificadas de los años anteriores. En cualquier caso, la distribución de los fondos por anualidades o proyectos es inalterable, por lo que los recursos asignados de una anualidad que no se utilicen en el plazo de realización de la misma no podrán incorporarse a las anualidades posteriores.
El acuerdo de hoy también supone la simplificación del procedimiento para reformular los programas y los proyectos ante circunstancias que surjan con posterioridad a la selección de los mismos, aunque el cambio debe ser autorizado por el Gobierno de Canarias.
La modificación de la denominación de la línea estratégica 3 para acoger un concepto más amplio de apoyo a la empleabilidad, es otro de los cambios introducidos hoy en el Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias 2016-2025.
Es necesario recordar que el decreto por el que se creó y se establecieron los criterios de distribución del FDCAN es fruto del acuerdo adoptado por el Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias celebrado en noviembre de 2016 y que cuenta con todas las garantías jurídicas después de que el Consejo de Ministros aprobara el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 diciembre, que recoge la suspensión definitiva de la compensación del IGTE de Canarias al Estado.
La aprobación de dicho decreto ha supuesto una importante inyección económica para Canarias que persigue promover aquellas inversiones productivas que coadyuvan al desarrollo económico y a la creación de empleo en el Archipiélago.