El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha considerado constitucional la prórroga del estado de excepción y emergencia económica decretada este mes por el presidente del país, Nicolás Maduro, y ha advertido de que serán “nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica” las iniciativas que pueda adoptar la Asamblea Nacional, controlada por la oposición.
El 13 de mayo, Maduro firmó –por séptima vez– una ampliación del estado que le concede poderes especiales para tomar decisiones sin tener en cuenta al Parlamento. La Sala Constitucional del TSJ ha sentenciado que se trata de una medida legal, «dadas las circunstancias extraordinarias» por las que atraviesa Venezuela.
En concreto, los magistrados han advertido de las complicaciones sociales, económicas y políticas «que afectan al orden constitucional, la paz, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República».
El TSJ ha apoyado que Maduro «pueda continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida».
La oposición ha cargado contra esta iniciativa, al considerarla parte de la estrategia de Maduro de seguir en el poder a toda costa y desoír al Poder Legislativo. La sentencia difundida este jueves advierte de que serán «absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica» las decisiones que pueda adoptar la Asamblea Nacional.