El Ayuntamiento de Hermigua informa que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y aguas del Gobierno de Canarias “ha publicado las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la reconstrucción del potencial de producción agrícola dañado por los vientos acaecidos en El Hierro y La Gomera en el mes de diciembre de 2016 y enero de 2017, y para la implantación de medidas preventivas” informa Pedro Negrín, alcalde de la localidad quien también señala que “informamos de estas ayudas ya que varios agricultores han mostrado su sorpresa porque la Cooperativa Agrícola Insular no ha haya comunicado este extremo a sus cooperativistas.”
“El plazo para entregar la documentación acreditativa vence el próximo 22 de julio” informa el Alcalde de Hermigua antes de recordar que “las bases fueron publicadas en el B.O.C. 119 de 22 de junio.”
Las bases recogen que los beneficiarios de estas subvenciones serán En el caso de inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, fenómenos ambientales adversos y catástrofes probableslas agrupaciones de agricultores o ganaderos o entidades públicas.
En el supuesto de inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y del potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos ambientales adversos y catástrofes, esto es por los vientos acaecidos en las islas de El Hierro y La Gomera en el mes de diciembre de 2016: los agricultores o ganaderos o agrupaciones de estos, o entidades públicas.
El objeto de las ayudas es subvencionar las inversiones realizadas por agrupaciones de productores y entidades públicas en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables;o las inversiones realizadas por agricultores, agrupaciones de productores y entidades públicas para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes declaradas por el Gobierno de Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.