El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por más de 50 diputados de Podemos en el Congreso contra la nueva Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias, de la que se cuestionan 24 de sus 408 artículos y una disposición transitoria.
El Constitucional ha acordado, además, dar traslado del recurso de estos parlamentarios al Congreso, el Senado y el Gobierno, para que presenten en quince días las alegaciones que estimen oportunas.
La admisión a trámite de esta impugnación de la nueva Ley del Suelo de Canarias «no supone pronunciamiento alguno» por el momento por parte del Constitucional respecto al contenido de los artículos que cuestiona el grupo de Unidos-Podemos, En Común Podem y En Marea, según precisa el Alto Tribunal en un comunicado.
La nueva Ley del Suelo de Canarias introduce cambios en la legislación de la comunidad autónoma que el Gobierno regional (CC) asegura que están encaminados a agilizar la gestión en este ámbito, garantizando la protección de los espacios naturales.
Una de las novedades más relevantes de la normativa es la implantación de un modelo de aprobación de los planes generales de urbanismo de una sola fase, en la que deciden los propios ayuntamientos, sin necesidad de obtener el refrendo posterior de un organismo de la comunidad autónoma (hasta ahora, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, la COTMAC).
En concreto Podemos cuestiona los artículos 35; 36.1.a; 46.1 y .3; 59; 60.3, .4, .5 y .6; 61.1; 63.1; 65.2; 68.3; 69.1; 94.2; 102.1; 103.4, .7 y .8; 114.1; 122.3; 123; 126; 128 d; 144.3 y .6; 150.4; 154; 165.3; 174.2; y 184.3, así como la disposición transitoria primera de la ley.
Esos artículos regulan asuntos como las definiciones y los usos del suelo urbano y rústico, la posibilidad de que en estos últimos se construyan instalaciones científicas, la venta de productos en las propias explotaciones agropecuarias o la apertura de establecimientos turísticos en núcleos rurales.
Podemos también impugna cómo deja esta Ley del Suelo la normativa sobre planes insulares de ordenación y la competencia que se concede a los cabildos para elaborarlos y aprobarlos.
También pone en tela de juicio la constitucionalidad de que se atribuya a los cabildos aprobar las normas de ordenación de los espacios protegidos y el régimen de aprobación de los planes territoriales, parciales y especiales en las islas.
Asimismo, formula objeciones contra la figura de los proyectos de interés insular o autonómico, que pueden llevarse a cabo en cualquier tipo de suelo, contra la regulación de los estudios de detalle o contra el procedimiento para evaluar el impacto ambiental de proyectos que afecten a la Red Natura 2000.