El Tribunal Supremo ha decidido no paralizar la exhumación del dictador. Desde la Sala tercera han tomado esta decisión alegando que «el acuerdo recurrido no justifica por sí mismo la exhumación de los restos de don Francisco Franco Bahamonde ni produce una situación irreversible que haga perder su finalidad al recurso».
«La exhumación, en cuestión, solamente podrá producirse en virtud del acuerdo que en su momento pueda adoptar motivadamente el Consejo de Ministros y ese acuerdo, susceptible desde luego de ser objeto de recurso ante esta Sala, no podrá ser ejecutado sin que previamente los recurrentes hayan podido refrendarlo y recabar la tutela judicial efectiva, incluida la cautelar, y esta Sala se haya pronunciado al respecto (STEDH 20 de septiembre de 2018 —demandas 30491/17 y 31083/17 Solska y Rybycka contra Polonia)», añaden en el comunicado.