Sí se puede recuerda que el pasado mes de enero anunciaron que el crematorio no podría operar tras la entrada en vigor del Decreto de Sanidad Mortuoria, como consecuencia de la desidia y el desinterés del grupo de gobierno encabezado por Adasat Reyes. Con posterioridad, el alcalde de San Sebastián acusó a la formación progresista de falta de rigor informativo, afirmando que el crematorio municipal contaba con todas las autorizaciones pertinentes.
Roberto Padrón, concejal de Sí se puede en el ayuntamiento capitalino, señala que “ante la acusación del alcalde solicitamos reiteradamente el expediente referente al crematorio, sin que hasta la fecha se nos haya facilitado. Han pasado más de tres meses, han incumplido la normativa referente a la transparencia y socavado los derechos de un concejal. Es más, lo único que nos han facilitado es un informe, que encargaron después de que informáramos a la ciudadanía de la situación irregular, que nada aporta sobre dichas autorizaciones. Por supuesto, en vista de ello, solicitamos que se nos facilitara una copia de la factura de dicho informe y tampoco se nos ha remitido».
Ante el silencio del equipo de gobierno del ayuntamiento capitalino, la formación ecosocialista se puso en contacto con la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias, que ha confirmado documentalmente que no consta autorización alguna para la entrada en servicio de dicho crematorio.
“Engañar a la ciudadanía con declaraciones inciertas, tomarse a la ligera los asuntos relacionados con la Salud Pública, ocultar información a la ciudadanía y a sus representantes, no son las formas para gestionar un ayuntamiento. Adasat Reyes y su equipo, el equipo de gobierno de ASG, así lo han hecho. Tienen la obligación de retractarse y decir la verdad”, declara Roberto Padrón.
Para Sí se puede la contestación remitida por el Servicio Canario de Salud es contundente sobre el crematorio Municipal de San Sebastián de La Gomera. En primer lugar, no consta, en los archivos de esa Dirección General, autorización para la construcción y entrada en servicio del Crematorio Municipal. En segundo lugar, se advierte que cualquier crematorio debe de disponer de una franja de protección de 50 m de anchura medidos alrededor del perímetro exterior del mismo, que deberá permanecer libre de construcciones de cualquier tipo excepto las destinadas a uso funerario, y, por último, se recuerda que según el artículo 33 Decreto 132/2014, es el ayuntamiento es el órgano de la administración pública responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en él se establecen.