El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó en su sesión de hoy, lunes 6 de mayo, el decreto que garantiza la gratuidad en la prestación farmacéutica ambulatoria del Servicio Canario de la Salud de las personas titulares de la tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Canario de la Salud que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, cuya renta sea inferior a 18.000 euros anuales.
Esta medida, de la que se beneficiará el 70% de los pensionistas canarios, afectará a 292.458 pensionistas y supondrá una inversión de más de 14 millones de euros (14.174.516), se aplicará a partir del primer día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. El Decreto regulará la inclusión en la cartera de servicios complementaria del sistema sanitario público de Canarias la gratuidad en la prestación farmacéutica ambulatoria de las personas que ostentan la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios con rentas bajas.
Se entiende por prestación farmacéutica ambulatoria la que se dispensa al paciente mediante receta médica oficial u orden de dispensación hospitalaria, a través de oficinas o servicios de farmacia radicados en Canarias.
La cartera de servicios complementaria de la Comunidad Autónoma de Canarias incluirá la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud en sus modalidades básica de servicios asistenciales, suplementaria y de servicios accesorios, cuando menos, garantizándose a todos los usuarios del mismo.
Además, la Cartera de servicios complementaria de la Comunidad Autónoma de Canarias incluirá, al menos, la gratuidad en la prestación farmacéutica ambulatoria del Servicio Canario de la Salud de las personas titulares de la tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Canario de la Salud que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, cuya renta sea inferior a 18.000 euros anuales consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Copago implantado en 2012
El copago de la prestación farmacéutica ambulatoria por parte de las personas pensionistas de la Seguridad Social y de las beneficiarias de las mismas se estableció mediante el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, como una de las múltiples medidas adoptadas por el Gobierno del Estado para paliar los efectos de la crisis económica.
Una vez superada la citada crisis económica se están restableciendo los derechos afectados por la misma, asimismo se están adoptando medidas para incentivar que la recuperación económica llegue a las familias y a la totalidad de la ciudadanía sobre la que recayeron con mayor virulencia los efectos de la crisis.
A pesar de dichas medidas, Canarias sigue siendo una de las Comunidades Autónomas con una de las rentas per cápita más baja del Estado y es también una de las Comunidades Autónomas con mayor número de pensionistas con las pensiones más bajas del país, lo que justifica adoptar esta medida.
Estos indicadores determinan la necesidad de continuar adoptando medidas de impulso de la recuperación económica y de los beneficios del estado del bienestar.