Fred Olsen cree que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el uso del puerto de Agaete no cuestiona su situación jurídica como usuaria exclusiva de estas instalaciones portuarias del norte de Gran Canaria.
La naviera ha manifestado este lunes en un comunicado que este fallo, que ratifica otro anterior del Tribunal General de la Unión Europea, «únicamente ordena a la Comisión Europea a revisar si las tasas que paga» Fred Olsen son las correctas».
«La Comisión deberá abrir un expediente formal de ayuda de Estado para comprobar si las tasas portuarias abonadas por Fred Olsen eran de un importe, al menos, equivalente a la compensación que un operador privado, actuando en condiciones de competencia normales, habría podido obtener en contrapartida de la puesta a disposición de esa infraestructura», afirma el comunicado.
A juicio de esta naviera, la sentencia del tribunal europeo avala que la utilización en exclusiva de la infraestructura portuaria del Puerto de Las Nieves con fines de tráfico comercial de que ha disfrutado Fred Olsen Express desde mediados de los años noventa no tuviera su origen en un procedimiento de licitación abierto y no discriminatorio por haber sido el primer operador en solicitar atraque en el mismo».
Fred Olsen ha manifestado su satisfacción por lo establecido en estas sentencias, al estimar que en ambas «se declara ajustado a derecho, o lo que es lo mismo, no contrario al derecho comunitario, que opere en el Puerto de las Nieves sin que previamente haya mediado un concurso público, sino por el hecho de haber sido la primera naviera en solicitar atraque en este puerto, de capacidad limitada».
Aunque la denuncia interpuesta por Naviera Armas sostenía que por el mero hecho de que Fred Olsen no hubiera accedido al Puerto de las Nieves a través de un concurso público «ya suponía una ayuda de Estado. Muy al contrario, la sentencia del Tribunal General que ha quedado confirmada por el Tribunal de Justicia en vía de casación recoge expresamente (apartado 130) que la posibilidad de que haya o no ayuda de Estado no se asienta en modo alguno en el mero hecho de que Fred Olsen haya podido ser la única usuaria de la infraestructura portuaria fines de tráfico comercial sin que la Dirección de Puertos convocara licitación alguna».
Los fallos judiciales sobre este litigio aplican la jurisprudencia según la cual el concepto de ayuda estatal depende únicamente de la cuestión de si una medida estatal confiere o no una ventaja financiada mediante fondos estatales a una o varias empresas, explica Fred Olsen en su nota.
La naviera considera que «se trata de un asunto cuya única consecuencia sería económica, pero en nada afectaría a su situación como usuario único del Puerto de las Nieves». EFE