El Tribunal Supremo ha avalado por unanimidad en plena precampaña para el 10N el plan del Gobierno de Pedro Sánchez de exhumar los restos de Franco para reinhumarlos en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio en contra del deseo de la familia de hacerlo en la cripta de la Catedral de la Almudena.
Fuentes jurídicas han avanzado la decisión de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo que ha desestimado en su totalidad el recurso de los nietos del dictador contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 15 de marzo que fijaba para el 10 de junio la exhumación. El contenido de la sentencia se dará a conocer en los próximos días.
Al rechazar el recurso de los nietos del dictador que solo aceptaban reinhumar los restos de Franco en la cripta de la catedral de la Almudena, el Supremo respalda así al Ejecutivo, que acordó volver a enterrar los restos en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio al aducir cuestiones de seguridad.
Por su parte, los Franco nunca dieron otra alternativa a la cripta de la catedral madrileña, donde su hija, Carmen Franco, compró en 1987 una sepultura a perpetuidad con espacio para varios cuerpos.
El fallo coincide el mismo día con la disolución de las Cortes y el decreto de convocatoria de elecciones, es decir, que en plena precampaña para las elecciones generales del 10 de noviembre, el Supremo da luz verde a uno de los proyectos estrella de Sánchez.
Ahora bien, la exhumación de Franco enfrenta un último escollo judicial a corto plazo en la figura del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Madrid, José Yusty Basterreche, que suspendió provisionalmente la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para levantar la losa de de la tumba de Francisco Franco en el basílica de Cuelgamuros.
Yusty, a quien la Abogacía del Estado trató de recusar sin éxito hace meses por publicar en 2007 un articulo contra la Ley de Memoria Histórica, atendió en febrero la medida cautelarísima que solicitaba un particular en una demanda contra el informe municipal del Ayuntamiento por considerar que levantar la losa de 2.000 kilos de peso puede poner en peligro a los operarios.
Fuentes jurídicas consultadas por Efe informan que la posición del Supremo no condiciona el devenir del caso del juez Yusty y que, incluso, la ejecución del fallo del alto tribunal está supeditado al procedimiento que se tramita en este juzgado. Por el momento, Yusty aun no ha fijado vista de la medidas cautelares, cuyo fallo sí que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Al no haberse facilitado la sentencia del Supremo, se desconoce si los magistrados harán alguna referencia en su contenido al procedimiento de El Escorial, el último freno para ejecutar la exhumación.
Todo ello sin contar con que el abogado de la familia ya ha anunciado que recurrirá al Tribunal Constitucional por el veto a enterrar a Franco en La Almudena, si bien esto no implica retrasar la ejecución de la sentencia del Supremo.
Y si el tribunal de garantías avala al Supremo, su última vía será acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Lo que también queda pendiente por resolver son los recursos planteados por la comunidad benedictina del Valle, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos.
La Sala los dejó para más adelante ya que el presentado por los nietos del dictador era el más complejo y el único que abordaba la reinhumación, porque estos tres solo se centran en no desenterrar los restos de Franco. No obstante, su desenlace estará marcado por la decisión de hoy y previsiblemente serán rechazados.