El portavoz de ASG en el Pleno de San Sebastián de La Gomera, Eleazar Borrego, califica de “irresponsables” las declaraciones vertidas por la portavoz del PSOE, Ventura del Carmen Rodríguez, en relación al Crematorio Municipal. “Verter dudas sobre la legalidad del mismo es no solo temerario, sino incluso lesivo para este Ayuntamiento y habla de su nula capacidad para entender que lo que sucede tiene que ver con quienes hicieron esta obra -su partido- y las pretensiones de una empresa particular para con este servicio”.
En este sentido, y ante las dudas sembradas por la portavoz del PSOE, el concejal no solo ratifica la legalidad del espacio, sino que se ampara en informes técnicos que exponen con rotundidad la viabilidad del Tanatorio-Crematorio en base al Decreto 134/2014. Así, se explica que la exigencia de una franja de protección de 50 metros en el perímetro no es de aplicación para esta instalación, fundamentándose en que el año de construcción (2009, cuando gobernaba el partido de la señora Rodríguez, que no se olvide porque parece que tiene memoria selectiva para lo que le interesa), es anterior a la norma y la reforma posterior acometida entre los años 2015 y 2016 no supuso un aumento de superficie.
Por otro lado, Borrego explica que los requisitos constructivos para un crematorio, que se recogen en los anexos del referido Decreto, quedan cumplidos conforme a lo detallado en las memorias y planos tanto del proyecto inicial como en el de la reforma, no encontrándose -según el informe técnico solicitado para este particular- ninguna irregularidad que pudiera impedir la puesta en servicio de la instalación. “Lo que sucede tiene que ver más con intereses particulares asociados a este servicio escudados en una supuesta ilegalidad, cuando la realidad es la contraria y quienes siembran dudas actúan por desconocimiento, lo cual es preocupante, o por maldad, lo cual es incluso denunciable”, concluye con rotundidad.
Finalmente, recordó que con fecha 5 de diciembre se recibió la resolución positiva de la Viceconsejería de Lucha Contra el Cambio Climático en la que se otorga la autorización de actividad potencialmente contaminadora por ocho años para el horno crematorio y en la que, tras comprobar la documentación aportada, se confirma que la instalación en su conjunto reúne los requisitos técnicos necesarios.