Tanatorio Municipal

Para Servego Canarias la nota de prensa del portavoz de ASG en el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, ha sido realizada de forma“rápido y corriendo” sin tener el más mínimo cuidado y rigor en lo que se afirma.

» En primer lugar, y dado que la tónica habitual por los políticos de ASG, es considerar a nuestra empresa como enemigos suyos, aludiéndonos a la mínima de cambio, de forma indirecta y cobarde; venimos a aconsejar a ese portavoz, que “debe estudiar más los asuntos antes de escribir”. Parece que de nuestra anterior nota de prensa, o bien, no entendió algo o básicamente, nada. Por ello, y dado que nos adelantamos a los acontecimientos en ella, explicando que consta un Informe técnico, que viene a decir, que el Crematorio Municipal había sido construido con anterioridad a la entrada en vigor de la norma y por tanto, no se le exige el cumplimiento de la franja de protección de 50 m. (olvidando mencionar la D.T. 1ª); debemos volver a poner en énfasis, lo que parece que el Sr. Borrego no ha podido entender, y por lo que pasamos a plasmárselo en un esquema o cuadro explicativo para su correcta comprensión:

Disposición Transitoria Primera del Decreto 132/2014 de Sanidad Mortuoria de Canarias
Requisitos para estar exentos del cumplimiento de 50 metros
                   Descripción Si se cumple o no se cumple
 

Estar en funcionamiento, antes del 15 de septiembre de 2018.

 

 

NO, nunca ha estado en funcionamiento

 

Contar con Informe favorable de Sanidad Mortuoria de Canarias antes del 15 de septiembre de 2018.

 

 

NO, no se tiene Informe favorable, porque nunca se solicitó.

 

Por tanto, si esos dos requisitos no se cumplen, SE TIENE QUE CUMPLIR CON LA FRANJA DE PROTECCIÓN DE 50 METROS DE ANCHURA MEDIDOS EN TODO EL PERÍMETRO, RESPECTO DE CUALQUIER TIPO DE CONSTRUCCIÓN.Y de todos es sabido, que justo al lado se encuentra el Centro de Salud de San Sebastián de La Gomera.

Decimos que se tiene que guardar un poco más de rigor, sobre todo cuando se citan normas jurídicas, y máxime en un tema tan sensible y problemático para los gomeros. El Decreto 134/2014 no existe en Canarias, sí en Aragón y Andalucía (el primero respecto del interés social a la Asociación Vizcaína de Familiares y Enfermos Psíquicos; y el segundo, el que regula los Consejos Escolares de Aragón).

El Decreto de Sanidad Mortuoria de Canarias, es el 132/2014 de 29 de diciembre, y creemos que en numerosas ocasiones la hemos citado. Hay que hacer las cosas mejor, sobre todo para aquellos que tienen encomendado el honor de representar a sus votantes y vecinos de San Sebastián de La Gomera.

Dado que en esta isla sigue instaurado el miedo y la cobardía para ejercitar el derecho a la libertad de expresión, adelantamos que Servego Canarias jamás mirará a otro lado, cuando existan irregularidades que deban ser denunciadas por el bien de la ciudadanía, en lo relativo al sector funerario. En el que próximamente, hablaremos de la demolición de nichos pretendida por el Ayuntamiento, en el Cementerio Municipal.

No entraremos a valorar, esa insinuación indirecta que realiza el Sr. Borrego en su nota de prensa hacia nuestra empresa, básicamente porque jamás nos presentaríamos a una licitación pública, sobre un Crematorio que no cumple con la legalidad vigente.

Al igual que no entraremos, en el nefasto debate político “propio de los patios de colegio”, que tantas veces nos tienen acostumbrados los políticos, con el “Y tú más”, “Tú lo hiciste mal primero”, etc., que se alude por el Sr. Borrego. Lo único que hace la portavoz del PSOE, ante la noticia pública que remitimos la pasada semana, es hacerse eco de la misma cuyo contenido suscribimos en su totalidad.

En segundo lugar, el Sr. Borrego vuelve a mezclar “los churros con las merinas” en cuanto a las obras que realizaron en el Tanatorio, y que no supuso ampliación de superficie. Volvemos a referir, que no se puede atender a ese Informe (de escasos 4 folios), dado que lo que concierne al aumento de superficie, lo es exclusivamente para los Cementerios que pretenden ampliar su superficie y no para los Crematorios. Aconsejamos que se lean el Decreto 132/2014 de Sanidad Mortuoria, en su conjunto.

¿Nos preguntamos cómo ha sido posible conceder autorización positiva medioambiental, si no se ha incinerado nunca en ese horno y comprobar el CO2 que se emite a la atmósfera, así como el control de olores?

¿Dónde están los proyectos de instalación del Horno Crematorio municipal?

Si se cuenta, con todos los requisitos en cuanto a la franja de protección, proyectos, memorias y planos, ¿por qué no ha estado en funcionamiento desde que se adquirió en 2009 hasta 2015? ¿O incluso hasta 15 de septiembre de 2018? Básicamente, porque no se ha hecho bien la tarea, ni por los anteriores ni actuales gobernantes de San Sebastián de La Gomera, y lo que se pretende, es dar visos de legalidad a través de un Informe Medioambiental positivo y cuestionable, sin cumplir un requisito tan importante, como es la franja de protección de 50 metros» se señala en el comunicado de la empresa mencionada y que en Gomeranoticias hemos publicado por su temática de forma textual.