La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, informa que solamente pueden realizar tratamientos de desinfección de espacios públicos y privados e instalaciones de cualquier naturaleza las empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Canarias (ROESBCA) para la desinfección de superficies (TP2 y TP4).
Asimismo, Salud Pública recuerda que únicamente las empresas autorizadas pueden utilizar productos biocidas incluidos en el listado de virucidas emitido por el Ministerio de Sanidad, que han demostrado eficacia frente a virus atendiendo a la norma UNE-EN 14476. Entre los productos aprobados para este fin no figuran ni el ozono ni el dióxido de cloro.
Una de las principales vías de transmisión del virus SARS-CoV-2 es el contacto con superficies contaminadas por el virus. Por ello, una desinfección exhaustiva con productos adecuados es fundamental para prevenir el contagio, mitigar la expansión del virus y contener la propagación de la enfermedad por COVID-19.
En la situación actual de crisis sanitaria se ha detectado un incremento considerable de empresas de limpieza y mantenimiento que están ofertando servicios de desinfección de espacios públicos y privados, como edificios, viviendas, ascensores, lugares de pública concurrencia, superficies y utensilios, oficinas, mobiliario, vestuarios, y vehículos, sin estar autorizadas para ello.
Las Unidades NBQ de las Fuerzas Armadas y la Unidad Militar de Emergencias han sido autorizadas a utilizar biocidas autorizados por el Ministerio de Sanidad para llevar a cabo labores de desinfección para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, mientras se mantenga el estado de alarma decretado por el Gobierno de España.
Para saber si una empresa que oferta servicios de desinfección está autorizada puede consultarse el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Canarias (ROESBCA) de la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud, donde están inscritas todas las empresas de servicios biocidas autorizadas en Canarias para llevar a cabo tratamientos de control de plagas:
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Las empresas inscritas en este registro están sujetas a inspecciones por los servicios de Salud Pública, disponen de personal técnico cualificado y se autorizan conforme a la normativa europea, nacional y autonómica.
Contratar los servicios de empresas no autorizadas puede poner en riesgo la salud de todos, trabajadores y usuarios, además de dar una falsa sensación de seguridad y eficacia en el tratamiento realizado y por consiguiente en el control de la propagación del virus SARS-CoV-2 que provoca la enfermedad COVID-19.
Únicamente las empresas autorizadas pueden utilizar productos biocidas de uso por personal profesional y por personal profesional especializado incluidos en el listado de virucidas emitido por el Ministerio de Sanidad, que han demostrado eficacia frente a virus. La concentración a la que se emplean estos desinfectantes y su forma de aplicación, confieren al producto una mayor eficacia pero también una mayor peligrosidad en su manejo, por lo que el trabajo debe realizarse en ausencia de personas, los aplicadores han de utilizar los equipos de protección individual y deberán respetarse los plazos de seguridad establecidos para cada producto biocida aplicado.
El último listado de biocidas con actividad virucida fue publicado por el Ministerio de Sanidad el pasado 20 de abril, y en el mismo no figuran ni el ozono ni el dióxido de cloro como virucidas para la desinfección de superficies.
El ozono no está aprobado para uso ambiental como virucida
El ozono es una sustancia oxidante con numerosas propiedades y aplicaciones en la industria, pero esta sustancia activa no está aprobada a nivel europeo para su uso ambiental como virucida. En la actualidad está siendo evaluada en la Unión Europea como sustancia activa biocida pero no se ha presentado todavía ningún borrador de informe de evaluación del producto. Por consiguiente, no es un producto autorizado para la desinfección del aire ni de superficies.
El dióxido de cloro tampoco está aprobado como virucida
El dióxido de cloro es una sustancia activa que está autorizada con finalidad bactericida y fungicida (para la eliminación de bacterias y hongos), pero no como virucida.
En el listado aprobado por el Ministerio de Sanidad el pasado 20 de abril no figura el dióxido de cloro,por lo que no se puede utilizar como virucida para el tratamiento de desinfección de superficies frente a SARS-CoV-2.