El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santa de Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso que había interpuesto la Central Independiente y de Funcionario (CSIF) en el mes de abril de 2020 en contra del Ayuntamiento de Alajeró en La Gomera por el que se cuestionaba el acuerdo adoptado por la Alcaldía de este Consistorio el 27 de agosto de 2019 por el cual se procedió a la aprobación de las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas incluidas en la OPE de los años 2017 y 2019. La Central Sindical alegaba que no se había procedido a una negociación previa con la misma, no obstante, cabe recordar que las referidas plazas se llevaron a las Mesas de Negociación correspondientes en las que si participaron los sindicatos más representativos. El Magistrado titular del mencionado Juzgado ha fallado además de desestimar el Recurso interpuesto por el Sindicato denunciante, en imponerle y tener que abonar éstos las costas judiciales.
Inicialmente el mencionado recurso fue admitido a trámite a pesar de que la Administración demandada entendía que el mencionado sindicato no ostentaba la condición de “más representativo” y por ello y en aplicación de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) se debía acreditar más de un 10% de sufragios en los ámbitos tanto funcionarial como laboral, requisito que no cumplía en ningún momento el CSIF.
El recurso presentado, según la misma sentencia, se dirigía contra la resolución que aprobaba las bases de la convocatoria de esas dos plazas por el sistema de concurso oposición. Entre los fundamentos argumentados por el Juez deja constancia clara “de la legítima actuación” del Ayuntamiento de Alajeró consistente en no haber llamado al sindicato en cuestión a la negociación por los argumentos entre otros expuestos con anterioridad.
Desde el inicio del proceso judicial, se vertieron mentiras y comentarios infundados en diferentes medios así como en redes sociales e incluso por parte de un sindicato policial en los que, se cuestionaban siempre desde la misma fuente, un proceso administrativo de convocatoria de Oposición completamente limpio y transparente, fiscalizado en todo momento por Función Pública que estuvo presente en el desarrollo de la misma, cuestión que nunca mencionan los demandantes y que, además dio estabilidad a dos trabajadoras, como funcionarias fijas en el Consistorio.
Aquel sindicato cuyas siglas corresponden a SPPLB llegó a levantar sospechas injustificadas sobre la actuación administrativa de este Ayuntamiento y a cuestionar incluso mediante acta notarial el procedimiento, ahora afortunadamente aclarado a favor de todos los participantes en dicho proceso selectivo.
El Ayuntamiento de Alajeró, quiere dejar constancia de su satisfacción por este fallo judicial, que deja en evidencia la utilización interesada por parte de algunos que nos tienen acostumbrados a la judicialización de la gestión administrativa y política de esta institución, vertiendo comentarios públicos sin medir el daño que ocasiona a la institución y especialmente a los propios ciudadanos, de ahí que hasta la fecha el Ayuntamiento no se haya pronunciado.