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Servego Canarias S.L. denuncia que el propio Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera no aplica el Reglamento de Servicios Funerarios

Tanatorio Municipal

El pasado 29 de marzo de 2021 entró en vigor el Reglamento de Servicios Funerarios de San Sebastián de La Gomera. Una obligación dada por el Decreto 132/2014 de Sanidad Mortuoria de Canarias, por la que los municipios deben dictar normas de funcionamiento de los servicios funerarios, así como las exigencias que deben cumplir las empresas funerarias.

Según informa Servego Canarias SL, esta empresa participó en la finalización del texto normativo, planteando numerosas alegaciones que entendíamos necesarias modificar e incluir.

A su criterio «son destacables diversas cuestiones a tener en cuenta del Reglamento, el cual, regula el funcionamiento del Cementerio Municipal de San Antonio y del Tanatorio Municipal de San Sebastián de La Gomera (sirva como curiosidad, que no se regula nada al respecto sobre el “salón” considerado como Tanatorio, en Tecina). Pero como se adelantaba, también existe una serie de obligaciones que deben cumplir las empresas funerarias que accedan al Cementerio y/o Tanatorio municipales»

Servego Canarias SL considera que «en primer lugar, las empresas funerarias que pretendan utilizar el Tanatorio, deberán rellenar los Anexos I y II unidos al Reglamento. Y para realizar actuaciones en el Cementerio, tales como, inhumaciones, exhumaciones de restos o colocación de lápidas, debe contarse con autorización del Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera (art. 16.1, art.19.6 y art. 63.1.5 del Reglamento)».

En segundo lugar, establece el art. 80 del Reglamento, los Requisitos y Obligaciones de los Prestadores de Servicios Funerarios y Mortuorios.

Entre los que destaca el art. 80.2. Justificante de la dotación de plantilla mediante TC2 del último mes para trabajadores contratados por cuenta ajena y copia del correspondiente contrato para el resto del personal.

Siendo que, El incumplimiento de cualquiera de los requisitos determinará la imposibilidad de continuar ejerciendo dicha actividad desde el momento que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubieran dado lugar.

Así las cosas, Servego Canarias S.L. –apunta– «cumple estrictamente con las obligaciones que regula el Reglamento, no siendo así respecto de las restantes funerarias de la isla de La Gomera, que utilizan el Tanatorio y Cementerio Municipal. De hecho, nos consta que una funeraria en la isla de La Gomera, no cumple con las obligaciones determinadas en el Reglamento incluso, teniendo presuntamente empleados no asegurados».

Se señala que «en el anterior Pleno del Ayuntamiento, se afirmó por el Alcalde que el Reglamento se venía cumpliendo, y es totalmente, falso. La única empresa que ha aportado toda la documentación exigida en el Reglamento, es Servego Canarias S.L., teniendo conocimiento, que la Policía Local de San Sebastián de La Gomera, ha levantado Acta por presuntas irregularidades de una funeraria en el propio Tanatorio Municipal».

Y exigen que «el Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera, y su Alcalde, cumpla con la aplicación del Reglamento en todos sus términos, y obligue a las empresas funerarias restantes, con los pagos de reserva de sala de Tanatorio, y tasas del Cementerio; así como a aportar la documentación obligatoria para desarrollar los servicios funerarios en las instalaciones municipales».

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