La Dirección General de la Función Pública, centro adscrito a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Julio Pérez, ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias del pasado 20 de abril la resolución por la que se constituyen las listas de empleo complementarias de personal funcionario interino relativas a diversos cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades de Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Estos listados complementarios están previstos para la selección y nombramiento de personal funcionario interino con destino a las consejerías, organismos autónomos y entidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, una vez que se constate que, en las listas de empleo vigentes, no existan o no se disponga de integrantes disponibles.

Desde la Dirección General de la Función Pública se prevé que estas listas puedan estar disponibles a mediados de mayo, como muy tarde, pues su necesidad es apremiante. En algunas especialidades (psicólogos, por ejemplo) las listas actuales, formadas por quienes han concurrido, pero no superado, a algún proceso selectivo, no tienen ningún candidato o candidata para ser designado en situación de interinidad, mientras que, en esa misma especialidad, en las listas complementarias hay más de mil personas inscritas, que podrían aspirar a ser seleccionadas.

La ordenación de las citadas listas de empleo complementarias queda ajustada al resultado de la autobaremación efectuada por las personas aspirantes en el proceso de presentación de instancias, y las mismas pueden ser consultadas en el enlace https://www.gobiernodecanarias.org/aplicaciones/sirhusprocsel/listasempleocompl.

No obstante, antes de llevar a cabo el nombramiento, la Dirección General de la Función Pública procederá a la comprobación, tanto del cumplimiento de los requisitos por parte de la persona llamada como de la autobaremación efectuada en la solicitud y la estricta correspondencia con la documentación aportada.

Si tras la revisión de la documentación incorporada junto a la solicitud, se detectase que no está suficientemente acreditada para el cumplimiento de los requisitos generales y específicos necesarios para el acceso al cuerpo, escala y especialidad en el que se participa, o, en su caso, de los méritos alegados y valorados en la autobaremación, previo trámite de subsanación, se resolverá la exclusión o la revisión de la puntuación reflejada en la baremación.

Las sucesivas actualizaciones en la composición u ordenación de las listas de empleo complementarias producto de la revisión que lleve a cabo la Dirección General de la Función Pública serán publicadas en la web señalada anteriormente.

Recordamos que la convocatoria para la constitución de estas listas complementarias se publicó en diciembre de 2021 y a ella se presentaron 49.372 solicitudes, que una vez depuradas se quedaron en 47.626, de las que han sido excluidas 470, debido a que forman parte del mismo cuerpo, escala, y, en su caso, especialidad de las listas vigentes constituidas de conformidad con lo dispuesto en la orden de 3 de marzo de 2011.