El Parlamento de Canarias ha aceptado este miércoles, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Julio Pérez, iniciar la tramitación del proyecto de Ley de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, propuesta legislativa que tiene como objeto regular el estatuto y atribuciones del presidente o presidenta, la organización, régimen jurídico y funcionamiento del Ejecutivo de Canarias y de sus relaciones con el Parlamento autonómico, y, asimismo, la iniciativa legislativa y las potestades normativas del Gobierno.
Esta iniciativa se lleva a cabo ante la necesidad de adecuar el régimen, organización y funcionamiento de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, instituciones que han estado regidas durante cuatro décadas por la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, primera y única ley aprobada por el Parlamento provisional.
El Ejecutivo canario ha entendido necesario adecuar el régimen, organización y funcionamiento de la Presidencia y del Gobierno de Canarias tanto como consecuencia de la reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, en el que se modifican la configuración de ambas instituciones, como por la conveniencia de corregir las deficiencias, insuficiencias y carencias que se han puesto de manifiesto durante la vigencia de la Ley 1/1983.
La propuesta normativa que inicia ahora su tramitación en el Parlamento aborda el desarrollo estatutario de dos instituciones básicas del autogobierno de la Comunidad Autónoma con una regulación actualizada y más completa de su régimen, organización y funcionamiento. Esa reglamentación pone de relieve que al presidente o presidenta, además del desempeño de la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, le corresponde la Jefatura del órgano colegiado ejecutivo, lo que le confiere especial relevancia institucional, al detentar la máxima representación de la Comunidad Autónoma de Canarias y, conjuntamente, la representación ordinaria del Estado en la misma.
En este sentido, Julio Pérez ha explicado que la reforma del Estatuto de Autonomía refuerza la posición del presidente o presidenta del Gobierno de Canarias como representante ordinario del Estado en el archipiélago, algo que refuerza no solo al presidente, ha dicho, sino, sobre todo, a la institución, y ese es el mensaje que el Ejecutivo quiere dar a través de este proyecto de ley, el del refuerzo de una institución democrática, lo que supone una garantía para la propia democracia.
Junto a ello, se considera preciso que la ley contenga las normas imprescindibles relativas a las relaciones del Gobierno de Canarias con el Parlamento autonómico, sin que con ello se menoscabe el ámbito reservado estatutariamente al Reglamento del órgano representativo del pueblo canario.
Del mismo modo, en la medida en que el Gobierno tiene atribuidas la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, así como, en el marco de lo establecido en el Estatuto de Autonomía, la facultad para dictar normas con rango de ley, resulta también necesario abordar el régimen básico de su uso, así como establecer el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas para la aprobación de las normas de procedimiento administrativo que deriven de las particularidades del derecho sustantivo de Canarias o de las especialidades de la organización de la Administración Pública canaria.
Julio Pérez también ha querido hacer una mención especial a la Ley 1/1983, de 14 de abril, que es a la que pretende sustituir la propuesta normativa presentada este miércoles a la Cámara, y que fue aprobada hace casi 40 años y ha permitido el funcionamiento del Gobierno y de la Administración autonómica. A su juicio, la nueva debe aspirar a tener, al menos, la misma eficacia que la antigua.