El pleno del Senado aprobó hoy una enmienda presentada por el senador de la Agrupación Socialista Gomera (ASG), Fabián Chinea, al proyecto de Ley de Deportes con la que se consigue “resolver la inseguridad jurídica a la que se están viendo abocados aproximadamente 69.000 profesionales por la identificación de la denominación de su profesión con titulaciones extinguidas”.
La enmienda de Chinea, similar a una presentada por el senador de Coalición Canaria, Fernando Clavijo, fue transaccionada con todos los grupos parlamentarios.
Chinea destacó, durante su intervención, “el esfuerzo realizado por el Consejo General de la Educación Física y Deportiva, cuyos representantes han llevado a cabo una importante labor pedagógica, que no obtuvo el resultado esperado en el Congreso pero que, al final, ha sido fundamental para su aprobación en esta Cámara”.
A pesar de que la disposición final sexta ya instaba al Gobierno a presentar en las Cortes Generales, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley, un proyecto de ley que regule el ejercicio de las profesiones del deporte, el senador de ASG presentó dicha enmienda “dado que era más que oportuno solucionar desde esta norma una cuestión que está causando una enorme inseguridad jurídica”.
“Que esta profesión”, indicó Chinea, “tenga una denominación coincidente con títulos extinguidos es un problema de primer orden. Y esto ha impedido el cumplimiento efectivo de los fines de los Colegios, principalmente los relativos a la protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de la colegiación y la defensa de los intereses de la profesión”.
El senador de ASG añadió que “la nueva denominación de esta profesión -educadoras y educadores físico deportivos-, que se introduce en nuevo apartado 2 de la disposición final sexta, no induce a error sobre quiénes son estos profesionales, y evita confusión con cualquier otro profesional del sector de la educación física, la actividad física y del deporte”.
“Y, además”, concluyó, “resolverá y aclarará a las personas consumidoras y usuarias qué nivel de cualificación, y a su vez competencias, tiene la persona que le esté prestando los servicios, pues está claramente especificada cuál es una de las grandes diferencias de la profesión: el carácter educador”.