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La Audiencia Provincial confirma el archivo de la querella contra el alcalde de Arona

Tres concejales de Mas por Arona habrían denunciado a José Julián Mena por haber retirado del orden del día de un pleno el acto por el que el Consistorio iba a tomar conocimiento legal de que el regidor había sido expulsado del PSOE

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José Julián Mena, alcalde de Arona

La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha confirmado el archivo de la querella presentada por tres concejales de Mas por Arona contra el alcalde de la ciudad, José Julián Mena, y el secretario municipal, por haber retirado del orden del día de un pleno el acto por el que el Consistorio iba a tomar conocimiento legal de que el regidor había sido expulsado del PSOE.

El 26 de noviembre de 2020, el pleno del Ayuntamiento de Arona iba a recibir formalmente la notificación del PSOE de que Mena había sido expulsado del partido dos semanas antes, el día 13.

Si el Consistorio hubiera tomado conocimiento de su salida del PSOE, Mena se habría visto obligado a pasar al grupo de “no adscritos”, y en su equipo de gobierno entendían que ello allanaba la posibilidad de que la oposición le presentara una moción de censura.

Sin embargo, el mismo día del pleno, el alcalde retiró del orden del día ese punto, amparándose en un informe del secretario del Ayuntamiento, Pedro Javier Hernández, que recordaba que Mena había impugnado su expulsión y sostenía que el Ayuntamiento no podía aplicarla con todas sus consecuencias hasta que fuera firme.

Los querellantes, Dácil María León, Luis José García y Juan Sebastián Roque, alegaban que tanto el alcalde de Arona como el secretario municipal sabían que los reglamentos del PSOE no prevén que las sanciones queden en suspenso hasta que se resuelvan los recursos y que, por tanto, Mena y Hernández habían prevaricado al retirar el punto en cuestión del orden del día del pleno.

A ese argumento, el secretario del Consistorio respondía en su informe que el hecho de que el PSOE no reconociera efectos suspensivos a los recursos en su reglamento de organización no podía vincular al Ayuntamiento y recordaba que, en las administraciones, los recursos suspenden los efectos de las sanciones.

La Audiencia Provincial coincide con el Juzgado de Instrucción número 4 de Arona en que ni el alcalde prevaricó, porque retiró el punto amparado en un informe jurídico del secretario, ni este funcionario delinquió, porque expresaba su opinión jurídica al respecto con argumentos que había que tomar en consideración.

Los magistrados admiten que los querellantes crean “discutibles” las razones del secretario municipal, pero remarcan que su informe “no puede tacharse de arbitrario”, lo que ya por sí solo cierra la vía para plantear un delito de prevaricación.

 

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