La póliza,a razón de 417.621,06 euros anuales,garantiza a la población residente en la isla,unas 22.000 personas,y a los ausentes,incluyendo los recién nacidos,la financiación del gasto de asistencia funeraria por causa de fallecimiento y la que puedan requerir por alteraciones imprevistas de la salud en desplazamientos fuera de la isla.
El pliego de prescripciones técnicas,publicado en la página web del Cabildo,incluye,entre otros,servicios de enterramiento o incineración,suministro del féretro,trámite de certificados,inscripción y licencias,permiso para traslado de cadáveres y el coste de la urna para las cenizas.
En caso de optar por el sistema clásico de enterramiento,se contemplan los gastos de sepultura,nicho (al menos durante 5 años),inhumación y colocación de lápida.
La póliza también cubre gastos fúnebres y de oficios religiosos,flores,una corona de flores naturales y lazo con dedicatoria,y un coche de lujo para el acompañamiento.
Asimismo,contempla la dirección ceremonial,organización del entierro o incineración,traslados para la inhumación con al menos un vehículo para los familiares,y servicio de asistencia y asesoramiento postmortem.
La prestación de los servicios ha de abarcar la elección del féretro y coche fúnebre,tramitación de la pensión de viudedad y del certificado de últimas voluntades,gastos de desplazamiento,alojamiento y manutención de familiares,aranceles parroquiales,sala de velatorio,esquela con foto,100 recordatorios y lápida de mármol con inscripción.
En caso de fallecimiento,asistencia por enfermedad o accidente fuera de la isla,incluye el traslado o repatriación,gastos sanitarios y ambulancia.
Asimismo,si los familiares lo deciden,está cubierto el traslado del cuerpo para su inhumación en un cementerio en cualquier punto de España,incluida una caja de zinc con filtro depurador de gases y los servicios de embalsamamiento.