La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso ha aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de Ley para reforzar el estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social, con el fin de eliminar la automaticidad de la extinción del contrato laboral de las personas que acceden a la situación de incapacidad permanente. El texto ha contado con el apoyo de todos los grupos salvo Vox y pasará ahora al Senado.
En valoración a este nuevo avance legislativo, la diputada gomera en el Congreso nacional, Esther Rodríguez, destaca que “la eliminación del despido automático por incapacidad sobrevenida responde a una demanda histórica”.
El objetivo de la Ley es eliminar el despido automático en caso de incapacidad permanente y condicionar la decisión empresarial del despido a la voluntad de la persona trabajadora ya la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo o a la existencia de un puesto de trabajo vacante y disponible acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.
De este modo, la empresa únicamente podría activar esta causa de despido cuando la adopción de las medidas anteriores suponga una carga excesiva.
Entre las modificaciones incorporadas a su paso por el Congreso, se alcanzó un acuerdo para incorporar una enmienda que encarga al Gobierno que, en el plazo de un año, apruebe una ley que permita adaptar los puestos de trabajo de los guardias civiles, policías nacionales y militares de las Fuerzas Armadas con discapacidad.
Según la ley, las empresas pueden ahorrarse la adaptación del puesto de trabajo si ello le supone una “carga excesiva”. Sin embargo, se ha incorporado una enmienda de Podemos para precisar que si el costo de esa adaptación no supera la indemnización que habría que pagar por despedir al trabajador, o el pago de seis meses del salario, la empresa no podrá alegar esa “carga excesiva”.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) aplaude esta aprobación por la que se deroga el despido automático por razón de discapacidad permanente laboral sobrevenida, “discriminación histórica que aún subsistía” en el ordenamiento jurídico-laboral.