El Gobierno decretará este sábado el estado de alarma en todo el territorio nacional y, en concreto, limitará los movimientos de los ciudadanos. La medida entrará en vigor el próximo lunes, 16 de marzo, a las 8.00 horas y tiene algunas , según el borrador del real decreto al que ha tenido acceso eldiario.es: Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada. Los vehículos privados se podrán utilizar para estas tareas y «para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio».
El real decreto que establece el estado de alarma se aprobará en un Consejo de Ministros extraordinario que se está celebrando este sábado y al que han acudido todos los miembros del Gobierno, a excepción de las dos ministras afectadas por el coronavirus. La reunión del Gobierno ha arrancado a las 10.30 de la mañana, y hacia las tres de la tarde se ha hecho un receso para comer, según ha informado la Moncloa. Después se reanudará la reunión, por lo que las decisiones definitivas se conocerán a lo largo de la tarde.
Las medidas durarán un mínimo de 15 días. Para ampliar el plazo, el Gobierno necesita el aval del Congreso. El decreto no establece un régimen sancionador propio, sino que se remite al que establece la ley que regula el estado de alarma.
El Gobierno mantiene abiertos los servicios de transporte, tanto públicos como privados, para mantener la movilidad de los ciudadanos en las circunstancias permitidas. Eso sí, obliga a las empresas, ya sean públicas o privadas, a reducir al menos al 50% la venta de billetes.
Policías bajo el mando de Interior y Ejército prevenido
El texto establece que «la declaración de Estado de Alarma afecta a todo el territorio nacional» y establece que «la autoridad competente será el Gobierno». Esto es, que todas las demás autoridades del Estado quedan supeditadas al Ejecutivo de Pedro Sánchez. Además, se fija que serán autoridades competentes delegadas los ministros de Defensa, Interior, Transportes y Sanidad.
Así, todas las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado quedan bajo el mando de Fernando Grande-Marlaska para hacer cumplir las obligaciones que dicta el decreto, que incluyen además, de la limitación de movimientos, actuaciones en el ámbito sanitario, laboral y económico.
«Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades suspendidas en este Real Decreto, salvo las expresamente exceptuadas», señala.
Además, el Gobierno podrá recurrir al Ejército si lo considera necesario: «Para el eficaz cumplimiento de las medidas incluidas en el presente Real Decreto, las autoridades competentes podrán requerir la actuación de las Fuerzas Armadas», zanja el real decreto.
Cierre de centros educativos y establecimientos
El real decreto establece la obligación de cerrar todos los centros educativos durante la vigencia del estado de alarma. Una medida que ya estaba implementada en todas las Comunidades, pero que ahora pasará a depender de la decisión del Gobierno central.
El Gobierno, además, ordena el cierre de un amplio abanico de locales y establecimientos públicos que puede consultarse íntegro aquí. El listado locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las instalaciones culturales y artísticas y las actividades deportivas y de ocio; así como actividades de hostelería y restauración, aunque se permite el servicio de entregas a domicilio.
«Quedan suspendidas asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares», apunta el real decreto. En lo referente a la asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, «se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro».
Refuerzo del Sistema Nacional de Salud
El real decreto establece que todas las autoridades y funcionarios civiles, y en particular en el ámbito sanitario, quedarán bajo el mando del ministro de Sanidad, Salvador Illa, «en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza».
El Gobierno se reserva la posibilidad de movilizar por todo el territorio nacional al personal sanitario. Asimismo, el decreto establece que «el Ministro de Sanidad podrá ejercer aquellas facultades que resulten necesarias a estos efectos respecto de las centros sanitarios privados».
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